En el primer mundo damos por sentadas muchas cosas… Sin embargo, en otras latitudes, el solo hecho de dar a un interruptor y que se encienda la luz, es un acto de magia. Abrimos el grifo y tenemos agua para beber, para cocinar, para nuestro aseo personal, para lavar. Pero no solamente eso, además, tenemos clarísimo que el agua que consumimos es potable, se puede beber y consumir para cubrir todas nuestras necesidades, sin que ello suponga un peligro para nuestra salud.
¿Qué entidades son las responsables de la gestión del agua?
La prueba de la complejidad que conlleva la gestión del agua, es la cantidad de entidades que están implicadas en dicha tarea. A nivel estatal, el Ministerio de Sanidad y Consumo establece las normas y coordina las distintas políticas hídricas.
Le siguen las Confederaciones Hidrográficas que, a nivel de cuenca, gestionan los recursos hídricos y las infraestructuras hidráulicas de gran envergadura.
En la Comunidad Valenciana, La Dirección General del Agua, dependiente de La Consellería de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, se encarga de adaptar la normativa estatal a las particularidades de la Comunidad Valenciana, gestiona los recursos hídricos autonómicos y coordina las diferentes entidades públicas de saneamiento.
Éstas últimas, se encargan, a su vez, de la captación, tratamiento, distribución y depuración del agua en sus respectivas zonas de actuación. Y, por último, los ayuntamientos, son los responsables de la red de distribución local.
Cada una de estas entidades, tiene su papel concreto, el cual se complementa con el resto, para cubrir cada paso, hasta que el agua llega a nuestras casas siguiendo la normativa vigente.
La normativa reguladora está plasmada en el RD. 03/2023 (BOE 11/01/2023) donde se establecen los criterios técnico sanitarios de la calidad del agua de consumo.
Sin embargo,la cadena de responsabilidades no termina con las entidades que acabamos de detallar.
¿Cuál es el último eslabón de la cadena que tiene que garantizar la calidad del agua de consumo?
Si te lo has preguntado alguna vez, nosotros los consumidores, somos los últimos. Las entidades que hemos comentado y, más concretamente, las entidades públicas de saneamiento, garantizan la calidad del agua de consumo hasta las acometidas y correspondientes llaves de paso de locales y viviendas, sean unifamiliares o comunitarias.
A partir de ese punto, de acuerdo con el RD. 03/2023, la responsabilidad de mantenimiento de las instalaciones recae en los negocios que ocupan los locales, y, en el caso de las viviendas, en los propietarios de las mismas.
Aparte de las tuberías, conexiones y otros aparatos, en muchos casos, las instalaciones, cuentan en su interior con aljibes o depósitos que, por ley, deben mantenerse en perfecto estado para seguir garantizando la calidad del agua.
¿Cuáles son las acciones que se deben llevar a cabo para cumplir con la normativa?
La figura del administrador de fincas toma gran importancia. En caso de inspección sanitaria, la responsabilidad por el incumplimiento de la normativa recae sobre la comunidad de propietarios, pero ésta, podría alegar mal asesoramiento por parte del profesional.
Los depósitos de agua y aljibes tienen que limpiarse y desinfectarse anualmente. Para hacerlo, es necesario vaciar el agua por completo, revisar su interior comprobando que no hay fisuras ni grietas, eliminar los sedimentos y finalmente desinfectar y aclarar.
Por otra parte, es recomendable realizar análisis del agua para comprobar que cumple con los parámetros establecidos por la normativa vigente. Los indicadores que se analizan son el pH, el cloro residual, la turbidez, la presencia de bacterias etc…
Además se pueden llevar a cabo medidas preventivas. En primer lugar, el depósito tiene que estar en una estancia ventilada, protegida de la luz solar, evitando la condensación y la formación de bacterias. El depósito tiene que ser estanco ya que puede ser contaminado, por ejemplo, por roedores, insectos o agentes químicos.
También es importante vigilar el estado de las tuberías que conectan el depósito con la red de distribución para detectar posibles fugas y obstrucciones. Y, por último, hay que asegurar la accesibilidad para que las tareas de limpieza y mantenimiento se puedan llevar a cabo fácilmente.
¿Quién debe realizar las acciones obligatorias en los depósitos de agua de consumo de las comunidades?
La limpieza del depósito debe de tener una función de desincrustación y desinfección utilizando exclusivamente productos autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad para uso en agua potable.
Los productos biocidas tienen obligatoriamente que ser aplicados por técnicos que dispongan del debido certificado de profesionalidad de servicios de gestión de plagas. Por esta razón, la administración de fincas o directamente la comunidad, deben contratar exclusivamente, profesionales o empresas inscritos en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas (ROESB).
Tras las debidas actuaciones, el responsable técnico firma un certificado de servicio en el que deben aparecer las fichas técnicas de los productos utilizados para que la administración de fincas o el presidente de la comunidad lo pueda presentar en caso de inspección de Sanidad.
Sí tu propiedad cuenta con estos depósitos o aljibes, podemos ayudar. Ecoplagas es una empresa registrada en el ROESB (nº registro: 1130-CV) y todos nuestros técnicos están debidamente certificados.